Abogado de familia Madrid
Derecho de Familia · Madrid

Abogado de Familia en Madrid

Asesoramiento técnico y representación en todos los procedimientos de familia: divorcio, custodia, medidas paternofiliales, pensión de alimentos, liquidación del régimen económico y ejecución de sentencias y convenios.

Servicios de Derecho de Familia

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Divorcio

Divorcio de mutuo acuerdo y divorcio contencioso. Redacción del convenio regulador, defensa en juicio y tramitación ante los Juzgados de Familia de Madrid.

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Custodia y Medidas Paternofiliales

Guarda y custodia compartida o exclusiva, régimen de visitas, atribución del uso de la vivienda familiar y medidas provisionales urgentes.

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Pensión de Alimentos

Fijación, reclamación y modificación de la pensión de alimentos para hijos menores y mayores dependientes. Ejecución ante incumplimiento del obligado.

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Modificación de Medidas

Modificación judicial de las medidas acordadas en sentencia o convenio ante un cambio sustancial de circunstancias: empleo, ingresos, residencia o situación de los hijos.

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Liquidación de Gananciales

Inventario, valoración y adjudicación del patrimonio ganancial: vivienda, vehículos, cuentas, fondos de inversión, planes de pensiones y participaciones societarias.

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Ejecución de Sentencias y Convenios

Cuando la otra parte incumple la sentencia o el convenio regulador: ejecución de pensiones, visitas, uso de vivienda y cualquier otra obligación judicialmente reconocida.

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Cuándo conviene acudir a un abogado de familia

Los asuntos de familia afectan a derechos fundamentales y a personas especialmente protegidas por el ordenamiento —los hijos menores—. Conviene consultar a un abogado especializado tan pronto como surja alguna de estas situaciones:

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Está valorando separarse o divorciarse y necesita conocer sus derechos antes de iniciar cualquier conversación con su cónyuge.

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Le han presentado un convenio regulador ya redactado y quiere saber si sus términos son equilibrados antes de firmarlo.

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Existe un desacuerdo sobre la custodia de los hijos o el régimen de visitas que no ha podido resolverse por la vía del diálogo.

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La otra parte está incumpliendo el pago de la pensión de alimentos o las condiciones pactadas en el convenio regulador.

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Han cambiado sus circunstancias económicas o personales y desea modificar las medidas fijadas en sentencia.

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Necesita claridad sobre el uso de la vivienda familiar o la liquidación del patrimonio común antes de tomar decisiones patrimoniales irreversibles.

Cómo trabajamos

01

Valoración inicial del asunto

Antes de cualquier actuación, analizamos la situación en su conjunto: documentación aportada, circunstancias personales y patrimoniales, y objetivos del cliente. Esta fase nos permite plantear una estrategia ajustada a la realidad del caso, no a un modelo estándar.

02

Estrategia y planificación

Valoramos conjuntamente con el cliente las diferentes vías posibles: negociación directa, MASC —cuando sea procedente y útil— o procedimiento judicial. Le informamos con claridad de los plazos, los riesgos y las consecuencias de cada opción antes de tomar ninguna decisión.

03

Asesoramiento continuo y atención directa

En San Miguel Loyola Abogados no derivamos los asuntos a colaboradores ni los gestionamos de forma impersonal. Su asunto lo lleva el abogado que lo asume desde el inicio. Esto garantiza coherencia técnica, continuidad y una comunicación directa con quien conoce su caso en profundidad.

04

Defensa en juicio y seguimiento post-sentencia

Si el procedimiento llega a juicio, asumimos la representación y defensa ante los Juzgados de Primera Instancia y Familia de Madrid. Una vez dictada sentencia, le asesoramos sobre su cumplimiento, la ejecución ante posibles incumplimientos y las posibilidades de impugnación o modificación futura.

Documentación útil para valorar el asunto

Para que la primera consulta sea lo más útil posible, es recomendable recopilar, en la medida de lo disponible, la siguiente documentación. No es necesario aportarlo todo desde el inicio, pero facilita el análisis inicial:

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Libro de familia o certificado literal de matrimonio y nacimientos de los hijos.

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Capitulaciones matrimoniales o escritura de régimen económico, si existen.

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Últimas declaraciones de la renta y nóminas de ambos cónyuges.

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Escritura de la vivienda familiar y certificación de cargas hipotecarias.

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Extractos bancarios y documentación de otros bienes relevantes (vehículos, fondos, acciones).

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Sentencia o convenio regulador previo, si ya existe un procedimiento anterior.

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Cualquier comunicación relevante sobre incumplimientos o desacuerdos documentados.

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Documentación relativa a negocios, participaciones societarias o inmuebles adicionales.

Hijos menores: custodia, alimentos y régimen de visitas

Cuando existen hijos menores, el procedimiento de familia adquiere una dimensión especialmente sensible. El Código Civil establece que todas las medidas relativas a los hijos deben adoptarse atendiendo al interés superior del menor, que es el criterio rector tanto en la negociación como en la resolución judicial.

Guarda y custodia

La custodia puede ser exclusiva —atribuida a uno de los progenitores— o compartida —ejercida por ambos de forma alternada—. Los juzgados de Madrid han ido consolidando la custodia compartida como solución habitual cuando existen condiciones adecuadas, pero no es automática. En cada caso se valoran la disponibilidad real de los progenitores, la proximidad de los domicilios, la edad y las necesidades específicas de cada hijo.

Pensión de alimentos

La pensión de alimentos comprende todo lo necesario para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación de los hijos (art. 142 CC). Su cuantía debe ser proporcional a los recursos del obligado y a las necesidades del hijo. Puede modificarse ante un cambio sustancial de circunstancias y ejecutarse judicialmente si el obligado incumple el pago.

Régimen de visitas

El progenitor que no convive habitualmente con los hijos tiene derecho a un régimen de visitas, estancias y comunicación. Este régimen puede modificarse si las circunstancias cambian o si se producen incumplimientos reiterados. Asesoramos tanto en su fijación inicial como en la defensa ante incumplimientos.

Medidas provisionales urgentes

Antes de la sentencia definitiva, es posible solicitar medidas provisionales que regulen de forma inmediata la custodia, los alimentos y el uso de la vivienda. En situaciones urgentes, pueden adoptarse medidas previas incluso antes de interponer la demanda principal.

Vivienda familiar y patrimonio conyugal

Uso de la vivienda familiar

La atribución del uso de la vivienda familiar es una de las cuestiones más sensibles del divorcio. El artículo 96 del Código Civil establece que el uso se atribuye preferentemente al cónyuge que tenga la custodia de los hijos menores. Cuando no hay hijos o son mayores, el juez valora cuál de los cónyuges tiene mayor necesidad de protección. Es importante destacar que la atribución del uso es temporal y puede modificarse, y que es completamente independiente de quién ostente la titularidad jurídica del inmueble.

Liquidación de la sociedad de gananciales

Si el régimen económico del matrimonio era de gananciales, al disolverse el vínculo es necesario liquidar el patrimonio común. El proceso exige elaborar un inventario de activos y pasivos, valorar los bienes —lo que puede requerir peritos en inmuebles, empresas o activos financieros complejos— y proceder a la adjudicación. Si no hay acuerdo, se acude al procedimiento judicial de liquidación.

Separación de bienes

En el régimen de separación de bienes, no existe patrimonio común que liquidar. Sin embargo, pueden surgir cuestiones sobre bienes adquiridos conjuntamente, préstamos compartidos o derechos de reembolso entre cónyuges. Asesoramos en la resolución de estas situaciones con el rigor que exige cada caso.

Negociación, acuerdos y procedimiento judicial

No todos los asuntos de familia deben resolverse mediante un procedimiento contencioso. En muchos casos, es posible —y conveniente— explorar primero la vía del acuerdo. Un convenio regulador bien redactado, equilibrado y sostenible en el tiempo puede evitar años de conflicto judicial y proteger mejor los intereses de todos los afectados, en particular de los hijos.

Medios adecuados de solución de controversias (MASC)

La Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha introducido la obligación de valorar y, en determinados supuestos, intentar un medio adecuado de solución de controversias antes de acudir a los tribunales. En materia de familia existen reglas específicas: hay asuntos donde esta obligación no se aplica o queda matizada —en particular cuando están en juego intereses de menores o concurren circunstancias de urgencia—. Le informamos con precisión sobre las exigencias aplicables a su caso antes de iniciar cualquier actuación.

Cuando el acuerdo no es posible o no resulta conveniente para la protección de sus intereses, asumimos la representación y defensa en el procedimiento judicial correspondiente. Los asuntos de familia se tramitan ante los Juzgados de Primera Instancia especializados en familia en Madrid, con un proceso que incluye, según el tipo de procedimiento, medidas provisionales, fase de alegaciones, juicio oral y sentencia, con posibilidad de apelación ante la Audiencia Provincial.

En procedimientos contenciosos, la claridad de la estrategia desde el inicio, la solidez de la prueba y la anticipación a las alegaciones de la parte contraria son factores que inciden de forma significativa en el resultado.

Especialidades dentro del Derecho de Familia

Valoración del Asunto

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660 72 13 07

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"Los asuntos de familia requieren análisis técnico desde el primer momento. Actuar con información correcta marca la diferencia."

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Enfoque del despacho

Derecho de Familia, sin condescendencia ni improvisación

Los procesos de familia afectan a decisiones que tienen consecuencias durante años: con quién viven los hijos, qué bienes corresponden a cada parte, qué obligaciones económicas permanecen tras el divorcio.

En San Miguel Loyola Abogados abordamos cada asunto con la misma exigencia técnica que aplicamos al resto de áreas del despacho: análisis riguroso de la situación, estrategia clara y comunicación directa con el cliente.

No prometemos resultados. Sí garantizamos que su asunto será analizado con la profundidad que merece y que tendrá toda la información necesaria para tomar decisiones fundadas.

Atención directa del abogado responsable

Su asunto no se deriva a colaboradores. Lo lleva el abogado que lo valora desde el principio, con pleno conocimiento del caso.

Rigor en la redacción de convenios

Un convenio mal redactado es fuente de conflictos futuros. Redactamos con precisión jurídica cada cláusula para evitar ambigüedades ejecutables.

Experiencia en asuntos patrimonialmente complejos

Divorcios con sociedad de gananciales, participaciones en empresas familiares, inmuebles en el extranjero o situaciones fiscales complejas.

Tome decisiones informadas
con el respaldo jurídico adecuado.

Solicite una valoración inicial de su asunto. Le ofrecemos un análisis claro de su situación, las opciones disponibles y las consecuencias jurídicas de cada decisión.

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FAMILIA
Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

Respuestas a las consultas más habituales sobre Derecho de Familia en Madrid.

¿Qué hace un abogado de familia?+
Un abogado de familia asesora y representa a sus clientes en los procedimientos relacionados con el matrimonio, la filiación y las relaciones paternofiliales: divorcios, separaciones, custodias, pensiones de alimentos, modificación de medidas, liquidación del régimen económico matrimonial y ejecución de resoluciones judiciales o convenios incumplidos.
¿Cuál es la diferencia entre divorcio de mutuo acuerdo y divorcio contencioso?+
En el divorcio de mutuo acuerdo, ambos cónyuges acuerdan todas las medidas —custodia, alimentos, vivienda y régimen económico— que se recogen en un convenio regulador. En el divorcio contencioso, la falta de acuerdo en alguno de esos puntos hace que sea el juez quien resuelva. El mutuo acuerdo es generalmente más rápido y menos costoso, pero solo es viable cuando el acuerdo es real y completo en todos sus términos.
¿Cuándo se puede modificar la pensión de alimentos?+
La pensión de alimentos puede modificarse cuando se produce un cambio sustancial de las circunstancias económicas o personales que motivaron su fijación (arts. 91 y 93 CC). Por ejemplo: pérdida de empleo del obligado, mejora económica significativa del perceptor o cambio en las necesidades del hijo. La modificación requiere un procedimiento judicial, salvo que ambas partes alcancen un nuevo acuerdo.
¿Qué es la custodia compartida y cuándo la conceden en Madrid?+
La custodia compartida implica que ambos progenitores se distribuyen el tiempo de convivencia con los hijos de forma equitativa. Los tribunales de Madrid la aplican con creciente frecuencia cuando ambos progenitores tienen disponibilidad real, proximidad geográfica y el interés superior del menor lo aconseja. No se concede de forma automática: debe solicitarse y justificarse.
¿Quién puede quedarse en la vivienda familiar durante el divorcio?+
El uso de la vivienda familiar se atribuye preferentemente al cónyuge que tenga la custodia de los hijos menores (art. 96 CC). Si no hay hijos o son mayores, el juez valora las circunstancias de cada cónyuge. La atribución del uso es temporal, independiente de la titularidad de la vivienda y puede modificarse.
¿Qué ocurre si la otra parte incumple el convenio regulador o la sentencia?+
El incumplimiento del convenio regulador o de una sentencia de familia puede ejecutarse judicialmente. Si se trata del impago de pensiones, cabe la retención de salarios y embargo de bienes. Si el incumplimiento afecta al régimen de visitas o custodia, pueden instarse medidas de ejecución específicas. En casos graves, el incumplimiento puede tener consecuencias penales.
¿Es obligatorio intentar una mediación antes de demandar en asuntos de familia?+
La Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introduce la obligación de valorar y, en determinados supuestos, intentar un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de acudir a los tribunales. En materia de familia existen excepciones relevantes —especialmente cuando están en juego intereses de menores o concurren circunstancias de urgencia—. Le asesoramos con precisión sobre lo que corresponde en su caso.
¿Cómo se liquida la sociedad de gananciales?+
La liquidación de la sociedad de gananciales consiste en determinar el activo y el pasivo comunes y adjudicar a cada cónyuge su parte. El proceso incluye el inventario de bienes gananciales —vivienda, vehículos, cuentas, fondos, negocios— y la deducción de las deudas comunes. Si no hay acuerdo, se sigue el procedimiento judicial de liquidación. La valoración de activos complejos puede requerir la intervención de peritos especializados.
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