Sala de tribunal
Penal urgente · Art. 520 LECrim

Abogado para detenido en comisaría

Asistencia letrada urgente desde el momento de la detención. Entrevista reservada previa a cualquier declaración. Defensa de los derechos del detenido en cada fase del procedimiento.

Si le han detenido o su familiar está en comisaría

La detención es una de las situaciones más críticas del procedimiento penal. En los primeros momentos —antes de cualquier declaración ante la policía— se toman decisiones que pueden tener un impacto directo en el desarrollo posterior de la causa.

El principio fundamental es claro: nadie debe declarar ante la policía sin haber consultado previamente con su abogado. Este derecho está reconocido expresamente en el art. 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La entrevista reservada con el letrado antes de la declaración es, con frecuencia, el momento más relevante de toda la asistencia letrada en fase de detención.

En San Miguel Loyola Abogados prestamos asistencia letrada urgente en comisaría. Si su familiar ha sido detenido, puede llamarnos directamente al 660 72 13 07 para que acudamos sin demora.

Derechos del detenido: lo que garantiza el art. 520 LECrim

Desde el momento de la detención, la ley reconoce al detenido un conjunto de derechos fundamentales que deben serle informados de forma comprensible:

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Derecho a guardar silencio

El detenido no está obligado a declarar. Puede negarse a responder preguntas sin que ello pueda interpretarse como indicio de culpabilidad.

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Entrevista reservada con abogado

Antes de cualquier declaración, el detenido tiene derecho a consultar privadamente con su abogado. Esta entrevista es confidencial y no puede ser grabada.

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Notificación a la familia

El detenido tiene derecho a que un familiar o persona de confianza sea informada de su detención y del lugar donde se encuentra.

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Reconocimiento médico

El detenido puede solicitar ser reconocido por un médico forense si considera que su estado físico lo requiere o si presenta alguna dolencia.

La entrevista reservada: por qué es determinante

La entrevista reservada con el abogado, previa a la declaración policial, no es un trámite formal. Es el momento en que el letrado puede informar al detenido de sus derechos concretos, de si conviene declarar o guardar silencio, y de qué información puede facilitar sin perjudicar su posición. Realizar declaraciones espontáneas o responder preguntas antes de esa consulta puede ser muy perjudicial para la defensa.

  • checkAnálisis de los hechos y del motivo concreto de la detención.
  • checkAsesoramiento sobre si declarar, no declarar o declarar parcialmente.
  • checkOrientación sobre qué información puede resultar relevante y cuál debe reservarse.
  • checkPreparación para la posterior puesta a disposición judicial si procede.

Qué ocurre durante y después de la detención

La detención policial tiene una duración máxima fijada por ley. Dentro de ese plazo, la persona detenida debe ser puesta en libertad o a disposición del juzgado. Cuando se produce la puesta a disposición judicial, el juez de instrucción decide en una comparecencia la situación procesal del investigado: si acuerda medidas cautelares, si ordena el ingreso en prisión preventiva, o si dispone la libertad sin restricciones adicionales.

Esta comparecencia judicial es uno de los momentos más relevantes del procedimiento. La argumentación del abogado en favor de la medida menos restrictiva compatible con las circunstancias del caso puede influir de forma significativa en la decisión del juez. Si existen antecedentes, otras causas abiertas, o el juez aprecia riesgo de fuga o destrucción de pruebas, la preparación previa de los argumentos es esencial.

Situaciones que pueden requerir asistencia urgente

  • arrow_forwardDetenciones relacionadas con denuncias de agresión, lesiones o conflictos entre particulares, parejas o convivientes.
  • arrow_forwardDetenciones por supuesto quebrantamiento de una orden de alejamiento o medida cautelar vigente.
  • arrow_forwardDetenciones en el marco de investigaciones por delitos patrimoniales, estafa u otras conductas de relevancia económica.
  • arrow_forwardDetenciones por presuntos delitos contra la seguridad vial: conducción bajo efectos del alcohol u otras sustancias.
  • arrow_forwardCualquier supuesto en que el detenido no disponga de abogado de confianza y necesite asistencia inmediata.

¿Su familiar está en comisaría ahora mismo?

No espere. El derecho a la entrevista reservada con el abogado debe ejercerse antes de cualquier declaración. Llámenos directamente o solicite una valoración inicial confidencial.

Por qué San Miguel Loyola

Intervención directa, desde el primer momento

Cuando hay una detención en curso, el tiempo importa. Acudimos a comisaría para la entrevista reservada previa a la declaración policial o judicial, y acompañamos al detenido en cada fase del procedimiento.

Intervención inmediata en comisaría

Acudimos para la entrevista reservada previa a la declaración y acompañamos al detenido durante todo el proceso, incluyendo la comparecencia judicial posterior.

Defensa de los derechos del detenido

Vigilamos que se respeten todos los derechos en cada fase: información de cargos, entrevista reservada, reconocimiento médico si procede y asistencia durante la declaración.

Estrategia penal desde la instrucción

La defensa eficaz en fase de detención es parte de una estrategia penal más amplia. Abordamos cada caso con atención al conjunto del procedimiento.

Actúe antes de declarar.
No improvise.

Solicitar valoración inicial confidencial 📞 Llamar ahora
DETENCIÓN
Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son los derechos del detenido que reconoce la ley?+
El art. 520 LECrim reconoce al detenido el derecho a conocer los motivos de su detención, a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo, a no confesarse culpable, a designar abogado y a entrevistarse con él reservadamente antes de cualquier declaración, a que se ponga en conocimiento de un familiar o persona de confianza el hecho de la detención y el lugar donde se encuentra, y a ser reconocido por un médico forense si así lo solicita. Estos derechos deben ser informados de forma comprensible desde el momento de la detención.
¿Conviene declarar ante la policía o es mejor guardar silencio?+
La decisión de declarar o no, y en qué términos, depende de las circunstancias concretas de cada caso. El detenido tiene el derecho constitucional a guardar silencio, y ejercerlo no puede interpretarse como indicio de culpabilidad. En cualquier caso, esta decisión debe tomarse siempre después de la entrevista reservada con el abogado, nunca antes. Realizar declaraciones espontáneas o responder preguntas antes de esa consulta puede ser muy perjudicial para la defensa.
¿Cuándo puedo reunirme con mi abogado y es confidencial esa entrevista?+
El art. 520 LECrim garantiza el derecho a entrevistarse reservadamente con el abogado antes de cualquier declaración policial o judicial. Esta entrevista es confidencial: no puede ser grabada ni supervisada. Su finalidad es que el abogado asesore al detenido sobre el ejercicio de sus derechos antes de que preste cualquier declaración.
¿Qué puede hacer la familia mientras el detenido está en comisaría?+
El detenido tiene derecho a que se notifique a un familiar o persona de confianza su detención y el lugar donde se encuentra. La familia puede contactar inmediatamente con el abogado de su elección, quien acudirá a la comisaría para entrevistarse con el detenido. En los supuestos excepcionales de detención incomunicada —que requieren autorización judicial— algunos de estos derechos pueden quedar temporalmente restringidos.
¿Cuánto tiempo puede durar la detención en comisaría?+
La regla general es que la detención no puede exceder de 72 horas (art. 17 CE, art. 520 LECrim). Dentro de ese plazo, la policía debe poner al detenido en libertad o a disposición judicial. En determinados supuestos —como investigaciones por terrorismo— los plazos pueden ser distintos. Si el plazo legal transcurre sin que se produzca la puesta a disposición judicial ni la liberación, la detención puede ser ilegal.
¿Qué ocurre cuando me llevan a disposición judicial?+
Una vez concluida la detención policial, el detenido es puesto a disposición del juez de instrucción. En esa comparecencia, el juez decide si acuerda prisión provisional, decreta la libertad con medidas cautelares —como una orden de alejamiento o la obligación de comparecer periódicamente— o acuerda la libertad sin cargos. Esta audiencia es determinante y la presencia del abogado es esencial para argumentar la medida menos restrictiva posible atendiendo a las circunstancias del caso.
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