Abogado para desahucio por impago de alquiler en Madrid
Analizamos el contrato, las rentas adeudadas y la situación procesal para reclamar el pago y solicitar la recuperación de la posesión por la vía adecuada.
Actualización normativa · 27 de octubre de 2026
El RDL 29/2026, vigente con carácter general desde el 8 de octubre, introduce nuevas reglas de suspensión y una enervación extraordinaria para determinados arrendatarios vulnerables sin alternativa habitacional. A 27 de octubre de 2026 no consta en el BOE su convalidación ni su derogación, por lo que sigue pendiente de control parlamentario. Antes de presentar demanda debe revisarse su posible aplicación, incluida la disposición transitoria para procedimientos en curso.
Servicios para Propietarios con Impago
Requerimiento Previo de Pago
Redacción y envío de un requerimiento fehaciente cuando resulte conveniente para acreditar la deuda, documentar la negociación previa y producir los efectos previstos para la enervación ordinaria. No es un automatismo: el RDL 29/2026 permite una enervación extraordinaria en determinados supuestos de vulnerabilidad incluso aunque exista requerimiento previo.
ConsultarDesahucio por Impago (Juicio Verbal de Desahucio)
Interposición de demanda de desahucio por impago de rentas con acumulación de la reclamación de rentas y cantidades análogas vencidas. Tras la LO 1/2025, el artículo 5 exige con carácter general acreditar una actividad negociadora previa en los procesos civiles, y el desahucio por falta de pago no figura entre las excepciones del artículo 5.2. Además, la demanda debe indicar las circunstancias relativas a la enervación, si la vivienda es habitual y si el arrendador es gran tenedor (art. 439 LEC). Antes de demandar conviene revisar el contrato y las comunicaciones existentes, y documentar adecuadamente la negociación previa.
ConsultarProceso Monitorio de Reclamación de Rentas
Cuando el inquilino ha abandonado el inmueble pero quedan rentas sin pagar, el proceso monitorio permite reclamar cantidades de forma ágil. Si no hay oposición, se obtiene título ejecutivo sin necesidad de juicio oral. Con carácter general, también requiere acreditar una actividad negociadora previa (art. 5 LO 1/2025).
ConsultarReclamación de Daños en la Vivienda
Si el inquilino ha causado desperfectos en la vivienda, valoramos la vía adecuada para reclamarlos. La LEC limita la acumulación de acciones en el juicio verbal (art. 437.4): en el desahucio por falta de pago permite acumular las rentas y cantidades análogas vencidas y no pagadas, pero la acumulación de otros daños no es automática y se estudia en cada caso; cuando no procede, se reclaman por vía independiente. Asesoramos también sobre la retención de la fianza y su liquidación.
ConsultarEjecución del Lanzamiento
Gestión del procedimiento de ejecución hasta el lanzamiento efectivo del inquilino. Coordinación con el juzgado, el procurador y, si es preciso, con los servicios de cerrajería y mudanza para recuperar la posesión del inmueble.
ConsultarRevisión del Contrato y Prevención
Revisión del contrato antes de firmarlo para comprobar renta, duración, garantías permitidas, reparaciones y causas de resolución. Tras el RDL 29/2026 no puede imponerse al arrendatario un seguro de impago y las garantías adicionales de vivienda habitual quedan sujetas a límites legales.
ConsultarDesahucio por impago y reclamación de rentas: dos objetivos en una misma estrategia
En la mayoría de los asuntos de impago de alquiler, el propietario persigue dos objetivos simultáneos: recuperar la posesión de la vivienda y reclamar las rentas vencidas e impagadas. El procedimiento especial de la LAU permite acumular ambas acciones en una misma demanda, lo que resulta más eficiente que tramitarlas por separado.
Antes de presentar la demanda, conviene revisar el contrato, las cantidades exactas adeudadas, las comunicaciones previas con el arrendatario y si concurren circunstancias que puedan afectar al procedimiento —como la situación de vulnerabilidad del inquilino o la existencia de un seguro de impago—. Este análisis previo determina la estrategia procesal más adecuada.
Conviene revisar el asunto cuanto antes: mientras la deuda se acumula, su recuperación puede complicarse. Solicite una valoración inicial del asunto para conocer su posición antes de decidir cómo actuar.
Documentación que necesita el abogado para valorar su caso
Para realizar una valoración inicial del asunto y diseñar la estrategia adecuada, solicitamos habitualmente:
- Contrato de arrendamiento y, si existe, sus modificaciones o prórrogas.
- Justificantes de impago: extractos bancarios, recibos devueltos o cualquier documento que acredite las rentas no abonadas.
- Comunicaciones con el inquilino: mensajes, correos, conversaciones que reflejen la reclamación o el reconocimiento de la deuda.
- Burofax, requerimientos o intentos de negociación, si se han realizado, para valorar el estado de las MASC.
- Datos del inmueble: referencia catastral, dirección completa y, si existe, póliza de seguro de impago de alquiler.
- Datos sobre la vivienda y sobre el arrendador: si es vivienda habitual de la persona ocupante y relación de propiedades del arrendador. Si no es gran tenedor, la demanda debe acompañar certificación del Registro de la Propiedad (art. 439.6 LEC).
- Detalle de cantidades vencidas: importes, fechas de vencimiento y conceptos adeudados (renta, suministros pactados, etc.).
Guía práctica
¿Su inquilino no paga? Lea nuestra guía paso a paso
Explicamos todos los pasos desde el primer impago hasta el lanzamiento, los plazos reales y los errores más frecuentes de los propietarios.
Leer guía completaSi usted es arrendatario y ha recibido una demanda de desahucio o una fecha de lanzamiento, consulte nuestra página sobre desahucios y suspensión de lanzamientos en 2026, donde explicamos las posibles vías de oposición, suspensión o negociación y cuándo conviene una revisión urgente de la documentación.
Cuando el problema no deriva de un contrato de arrendamiento sino de una factura, un préstamo o un acuerdo contractual impagado, puede consultarse nuestra página de reclamación de cantidad en Madrid.
Otras Áreas de Derecho Civil
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660 72 13 07
dsm@sanmiguelloyola.com
"Revisamos su contrato y su situación procesal antes de proponer ninguna actuación."
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Responsable jurídico: José Alberto Pérez Álvarez, Socio Director de San Miguel Loyola Abogados (Derecho Civil y Mercantil), con la coordinación de la dirección del despacho. Conozca al equipo.