Me han bajado el grado de discapacidad
Discapacidad · Revisión del grado

Me han bajado el grado de discapacidad: qué puede hacer

Recibir una resolución que reduce el grado previamente reconocido tiene consecuencias importantes. La bajada debe analizarse: puede impugnarse cuando no está suficientemente motivada.

Recibir una resolución que reduce el grado de discapacidad previamente reconocido puede tener consecuencias importantes. La bajada del porcentaje puede afectar a beneficios, apoyos, movilidad reducida, necesidad de tercera persona, tarjeta acreditativa u otros efectos vinculados al grado reconocido.

Ahora bien, una revisión del grado de discapacidad no debe aceptarse automáticamente. Debe analizarse si la Administración ha explicado adecuadamente el cambio, si existe una modificación real de las circunstancias y si el dictamen técnico-facultativo justifica la reducción aplicada.

En San Miguel Loyola Abogados revisamos resoluciones de revisión del grado de discapacidad para valorar si existe base jurídica y documental para formular reclamación previa y, en su caso, acudir a la jurisdicción social.

Solicite una valoración del asunto

Podemos revisar la resolución nueva, la resolución anterior, el dictamen técnico y el plazo disponible para reclamar.

Contactar arrow_forward

Respuesta rápida: qué hacer si le han bajado el grado de discapacidad

Si le han reducido el grado de discapacidad tras una revisión, lo primero es comprobar la fecha exacta de notificación. Después debe compararse la resolución anterior con la nueva, revisar el dictamen técnico-facultativo y analizar si la Administración ha motivado suficientemente por qué reduce el porcentaje.

El RD 888/2022 regula la revisión del grado de discapacidad y prevé que las resoluciones de revisión puedan ser objeto de reclamación previa a la vía jurisdiccional social conforme al artículo 71 de la LRJS.

Los pasos iniciales

01

Revisar la fecha exacta de notificación.

02

Comprobar el plazo para reclamar.

03

Comparar la resolución anterior y la nueva.

04

Analizar el dictamen técnico-facultativo.

05

Revisar si existe una verdadera mejora o modificación de circunstancias.

06

Valorar reclamación previa y, si procede, demanda ante el Juzgado de lo Social.

¿Puede la Administración bajar el grado de discapacidad?

Sí, el grado de discapacidad puede ser revisado. Pero esa revisión debe estar justificada. No basta con que la Administración dicte una nueva resolución con un porcentaje inferior: debe poder comprobarse por qué se modifica la valoración anterior.

El RD 888/2022 establece que el grado de discapacidad será objeto de revisión cuando se prevea una modificación de las circunstancias que dieron lugar a su reconocimiento y, en todo caso, en la fecha de revisión prevista. También contempla la revisión a instancia de la persona interesada cuando se produzcan cambios sustanciales o cuando exista error cuya corrección implique un cambio en el grado reconocido.

Por eso, en una reducción del grado, la cuestión central suele ser esta: qué ha cambiado realmente desde la resolución anterior y si ese cambio justifica la bajada del porcentaje.

No basta con recibir una nueva resolución con porcentaje inferior. Hay que revisar qué justifica ese cambio respecto de la valoración anterior y si esa justificación es suficiente desde el punto de vista jurídico y técnico.

La clave: comparar la resolución anterior y la nueva

En estos casos no basta con revisar la última resolución. Hay que comparar la situación que dio lugar al reconocimiento previo con la valoración que motiva la reducción. Esta comparación permite detectar si la Administración ha justificado realmente la reducción o si se ha limitado a emitir una nueva valoración sin explicar de forma suficiente el cambio.

Elementos que deben compararse

article El grado reconocido anteriormente y la fecha de reconocimiento
event_available La fecha prevista de revisión, si existía
history_edu Los informes que sirvieron de base al reconocimiento previo
medical_information El nuevo dictamen técnico-facultativo y su motivación
healing La evolución clínica y funcional acreditada
accessibility_new Las limitaciones que se mantienen y las que la Administración considera mejoradas
directions_car La posible pérdida de movilidad reducida
support_agent La posible pérdida de la necesidad de tercera persona

Cuando la bajada afecta al 33%, al 65% o a beneficios concretos

La reducción del grado puede ser especialmente relevante cuando la persona pierde un umbral que tenía reconocido. Por ejemplo, cuando baja por debajo del 33%, cuando pierde una valoración superior o cuando deja de reconocerse movilidad reducida o necesidad de tercera persona.

El 33% es un umbral jurídico relevante, porque la Ley General de derechos de las personas con discapacidad considera personas con discapacidad a quienes tienen reconocido un grado igual o superior al 33%, sin perjuicio de otros supuestos legalmente previstos.

Por eso, cuando una revisión reduce el grado por debajo de ese umbral, la actuación debe ser especialmente cuidadosa. Deben revisarse los efectos concretos de la resolución y la posibilidad de impugnarla dentro de plazo.

warning

Pérdida del umbral del 33%

Bajar por debajo del 33% supone perder la consideración legal de persona con discapacidad y todos los efectos asociados a ese reconocimiento.

schedule

El plazo es decisivo

En cuanto se recibe la resolución de revisión, el plazo empieza a correr. Actuar sin demora permite reunir documentación y preparar una reclamación fundada.

Motivos frecuentes para reclamar una bajada del grado

Cada caso debe analizarse individualmente, pero pueden existir motivos de reclamación cuando:

description

La resolución no explica adecuadamente por qué baja el porcentaje.

compare_arrows

No se comparan suficientemente la situación anterior y la actual.

local_hospital

No se valoran informes médicos relevantes.

visibility_off

El dictamen técnico no refleja limitaciones funcionales persistentes.

trending_up

Se presume una mejoría que no aparece acreditada.

block

Se omiten barreras, restricciones en la participación o afectación de la vida diaria.

sync_problem

Se reduce el grado pese a mantenerse la misma situación funcional.

directions_car

No se reconoce movilidad reducida pese a existir dificultades relevantes.

support_agent

No se valora adecuadamente la necesidad de apoyo de tercera persona.

folder_off

El expediente no contiene todos los documentos aportados.

La reclamación no debe basarse solo en decir que la persona "sigue igual" o "está peor". Debe explicar, con apoyo documental, por qué la nueva valoración no se corresponde con la realidad funcional.

Qué revisamos en San Miguel Loyola Abogados

Antes de recomendar una reclamación, revisamos:

history_edu La resolución anterior de reconocimiento
article La nueva resolución de revisión
calendar_today La fecha de notificación
percent El porcentaje antes reconocido y el nuevo porcentaje
directions_car La pérdida o mantenimiento de movilidad reducida
support_agent La posible pérdida de necesidad de tercera persona
medical_information El dictamen técnico-facultativo anterior y el nuevo
folder_open El expediente administrativo completo
local_hospital Los informes médicos anteriores y actuales
psychology Informes funcionales, sociales, psicológicos o de rehabilitación
description La motivación de la reducción
gavel La viabilidad de reclamación previa y demanda social

Reclamación previa frente a la revisión del grado de discapacidad

Contra las resoluciones de revisión del grado de discapacidad cabe reclamación previa a la vía jurisdiccional social, conforme al RD 888/2022 y al artículo 71 LRJS.

La LRJS regula el régimen general de reclamación previa en materia de prestaciones de Seguridad Social y cuestiones vinculadas, incluyendo el plazo de treinta días para formular reclamación previa, el plazo de cuarenta y cinco días para contestación y el posterior plazo de treinta días para demanda desde la denegación expresa o presunta. Estos plazos deben comprobarse siempre con la notificación concreta y el expediente.

En una reducción del grado, no conviene agotar el plazo sin revisar antes el expediente. Puede ser necesario solicitar documentación, ordenar informes y preparar una argumentación que sirva también para una eventual fase judicial.

Qué debe explicar una buena reclamación

Una reclamación previa frente a una reducción del grado debería explicar:

Qué resolución anterior reconocía el grado.

Qué nueva resolución reduce el porcentaje.

Qué efectos produce la reducción.

Qué aspectos del dictamen se discuten.

Por qué no existe una mejora funcional suficiente.

Qué limitaciones se mantienen.

Qué informes médicos o funcionales apoyan la reclamación.

Qué barreras o restricciones siguen existiendo.

Qué errores u omisiones se aprecian en el expediente.

Por qué se solicita mantener o revisar el grado reconocido.

La reclamación debe ser concreta. No es recomendable utilizar modelos genéricos, porque el punto central es la comparación entre la situación anterior y la valoración actual.

Documentación necesaria

Para valorar una bajada del grado de discapacidad, conviene reunir:

history_edu Resolución anterior de reconocimiento
article Nueva resolución de revisión
mark_email_read Fecha exacta de notificación
medical_information Dictamen técnico-facultativo anterior, si se tiene
fact_check Nuevo dictamen técnico-facultativo
folder_open Expediente administrativo completo
local_hospital Informes médicos anteriores y actuales
biotech Informes de especialistas
fitness_center Informes de rehabilitación, fisioterapia o terapia ocupacional
psychology Informes psicológicos o psiquiátricos, si existen
groups Informes sociales
accessibility Documentación sobre movilidad y necesidad de apoyo de tercera persona
badge Tarjeta acreditativa anterior, si existía
mail Comunicaciones recibidas de la Administración
receipt_long Documentación que acredite los efectos concretos de la bajada del grado

Errores frecuentes cuando se reduce el grado

Los errores más habituales son:

01

Pensar que la bajada no puede recurrirse

Toda resolución de revisión puede ser objeto de impugnación si existen motivos jurídicos y documentales que lo justifiquen.

02

Dejar pasar el plazo

El plazo empieza desde la notificación. Una vez transcurrido, puede cerrarse la vía de reclamación.

03

Reclamar sin comparar la resolución anterior y la nueva

El punto central de una reducción es la comparación entre lo antes reconocido y lo ahora valorado. Sin esa comparación, la reclamación carece de base argumentativa.

04

No solicitar el expediente administrativo

Sin expediente es difícil saber qué valoró la Administración y qué quedó fuera, lo que impide identificar los errores concretos.

05

No revisar el dictamen técnico-facultativo

El dictamen es la pieza clave. Reclamar sin haberlo analizado impide combatir los argumentos concretos que justificaron la reducción.

06

Aportar solo informes médicos sin explicar la afectación funcional

Los diagnósticos no bastan. La reclamación debe demostrar cómo afectan las limitaciones a la vida diaria.

07

No documentar las limitaciones que se mantienen

Si la reclamación se centra solo en el porcentaje y no en las limitaciones concretas que persisten, pierde su base argumentativa.

08

No preparar la reclamación pensando en una posible demanda judicial

La reclamación previa condiciona el proceso judicial. Debe prepararse con estrategia, no como un trámite previo de escasa entidad.

09

Confundir discapacidad, dependencia e incapacidad permanente

Son tres instituciones distintas con regímenes y plazos propios. Confundirlos puede llevar a estrategias equivocadas.

Abogado para recurrir una revisión de discapacidad en Madrid

San Miguel Loyola Abogados puede revisar resoluciones de revisión del grado de discapacidad dictadas en procedimientos tramitados en la Comunidad de Madrid y valorar la estrategia adecuada según el expediente.

El reconocimiento del grado de discapacidad en la Comunidad de Madrid se tramita como procedimiento administrativo, y una vez obtenido puede solicitarse su revisión o actualización de datos según la propia información de la sede autonómica.

La intervención jurídica puede comenzar con una revisión inicial de plazo y viabilidad, continuar con el análisis del expediente y culminar, si procede, con la preparación de reclamación previa o demanda ante el Juzgado de lo Social.

En síntesis

check_circle

La Administración puede revisar el grado de discapacidad, pero la reducción debe estar motivada.

check_circle

Si le han bajado el grado, el primer paso es revisar la fecha de notificación.

check_circle

Debe compararse la resolución anterior con la nueva para detectar si la reducción está realmente justificada.

check_circle

La reclamación debe centrarse en demostrar que no existe una mejora funcional suficiente o que la nueva valoración no refleja correctamente la situación real.

check_circle

La pérdida del 33%, de movilidad reducida o de necesidad de tercera persona puede tener consecuencias importantes.

check_circle

Cada caso exige revisar resolución, dictamen, expediente e informes antes de reclamar.

Solicite una valoración de su asunto

Si le han bajado el grado de discapacidad tras una revisión, podemos revisar la resolución anterior, la nueva resolución, el dictamen técnico y el plazo disponible para valorar si procede reclamar. Envíenos la documentación recibida y la fecha de notificación.

Consulte su caso

Revisamos resolución anterior, nueva resolución, dictamen y plazo antes de proponer ninguna actuación.

phone_in_talk

Línea Directa

660 72 13 07
mail

Email

dsm@sanmiguelloyola.com

"No basta con recibir una nueva resolución con porcentaje inferior. Hay que revisar por qué se ha modificado la valoración anterior."

Análisis previo sin compromiso

compare_arrows
Comparación

resolución anterior y nueva

schedule
Revisión urgente

de plazos

lock
Confidencialidad

absoluta

Revisión del grado de discapacidad

Una revisión del grado no debe aceptarse sin revisar si está motivada

La Administración puede revisar el grado de discapacidad, pero la reducción debe estar justificada en una modificación real de las circunstancias. Si no se explica suficientemente por qué baja el porcentaje, puede existir base para impugnarla.

En San Miguel Loyola Abogados analizamos cada caso antes de proponer cualquier actuación. La reclamación previa se prepara siempre pensando también en una eventual fase judicial.

Revisión de la motivación de la reducción

Analizamos si la Administración ha explicado suficientemente por qué reduce el porcentaje previamente reconocido, o si la resolución carece de justificación suficiente.

Comparación de resolución anterior y nueva

No basta con revisar la última resolución. Revisamos ambas, el dictamen, los informes y el expediente completo para detectar discrepancias.

Estrategia para reclamación y demanda

La reclamación previa condiciona la demanda. Construimos la estrategia desde el inicio pensando en ambas fases del procedimiento.

Revise su resolución
antes de que venza el plazo.

Solicitar Valoración del Asunto 📞 Llamar ahora
REVISIÓN
Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

¿Puede la Administración bajarme el grado de discapacidad?+
Sí, el grado puede revisarse en los supuestos previstos legalmente. Pero la reducción debe estar justificada y puede ser impugnada si existen motivos para ello.
¿Qué hago si me han bajado del 33%?+
Debe revisar inmediatamente la fecha de notificación, la resolución anterior, la nueva resolución y el dictamen técnico. Si el plazo está abierto, puede valorarse reclamación previa.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la revisión?+
Sí. Las resoluciones de revisión del grado de discapacidad pueden ser objeto de reclamación previa a la vía jurisdiccional social.
¿Qué plazo tengo para reclamar?+
Debe calcularse desde la notificación de la resolución. La LRJS regula los plazos de reclamación previa y demanda posterior, pero el cómputo debe verificarse con la resolución concreta.
¿Sirve decir que mi situación no ha mejorado?+
Puede ser importante, pero debe acreditarse. Conviene apoyar esa afirmación con informes médicos, funcionales o sociales y compararla con la motivación de la nueva resolución.
¿Qué pasa si me quitan la movilidad reducida?+
Puede valorarse la impugnación si existen dificultades relevantes de desplazamiento que no han sido correctamente valoradas. Es necesario revisar el dictamen y la documentación funcional.
¿Puedo reclamar si ya tenía reconocido el grado desde hace años?+
Sí, puede valorarse. Precisamente en estos casos es importante revisar por qué se modifica una situación que ya había sido reconocida.
¿Necesito abogado para recurrir la bajada del grado?+
No siempre es obligatorio en fase administrativa, pero puede ser conveniente cuando existe reducción del grado, pérdida de umbrales relevantes, falta de motivación o posible necesidad de acudir al Juzgado de lo Social.
Escríbenos por WhatsApp