Delito fiscal Madrid abogado
Delitos contra la Hacienda Pública

Abogado Delito Fiscal en Madrid

Defensa penal especializada en delitos contra la Hacienda Pública. Coordinación estratégica entre el procedimiento inspector y el proceso penal para la mejor defensa posible.

Defensa en Delito Fiscal

Delito contra la Hacienda Pública

Defensa en procedimientos por defraudación de cuota tributaria superior a 120.000 € en IRPF, Impuesto de Sociedades, IVA u otros tributos (art. 305 CP). Análisis técnico de la base imponible y la cuota presuntamente defraudada.

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Regularización Voluntaria

Asesoramiento previo a la regularización voluntaria para obtener la exención de responsabilidad penal. La correcta planificación de la regularización es la herramienta más eficaz cuando existe riesgo de denuncia.

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Coordinación con Inspección AEAT

Defensa durante el procedimiento inspector. Impugnación de actuaciones previas, control de plazos de prescripción y evitación de actos que puedan perjudicar la posterior defensa penal.

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Fraude de Subvenciones

Defensa en supuestos de obtención fraudulenta de subvenciones o ayudas públicas (art. 306 CP). Análisis de los elementos típicos y de las posibles causas de atipicidad o de justificación.

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Delito Contable y Falsedad Documental

Defensa en supuestos de contabilidad falsa o irregularidades documentales vinculadas a la evasión fiscal. Análisis de la responsabilidad de asesores fiscales, contables y directivos.

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Prescripción y Vicios Procesales

Identificación de plazos de prescripción y nulidades procesales. En los delitos fiscales, los plazos de prescripción (generalmente 5 años) y los vicios en la obtención de prueba pueden ser determinantes para el archivo del procedimiento.

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Consulta Urgente

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660 72 13 07

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dsm@sanmiguelloyola.com

"La regularización voluntaria puede evitar el proceso penal. Actúe antes de que Hacienda notifique el inicio de actuaciones."

D. Daniel San Miguel Manso

Visión Integral

El delito fiscal se defiende en dos frentes simultáneos

El procedimiento penal por delito fiscal corre en paralelo al administrativo tributario. Lo que se hace —o no se hace— ante la Inspección de Hacienda tiene consecuencias directas sobre la defensa penal. Es imprescindible un letrado que domine ambos frentes.

En San Miguel Loyola Abogados analizamos desde el primer momento la cuantía presuntamente defraudada, los plazos de prescripción y las posibilidades de regularización. La estrategia temprana puede marcar la diferencia entre el archivo del procedimiento y un juicio oral.

Análisis de la cuota defraudada

Revisamos los cálculos de Hacienda y cuestionamos los métodos de estimación utilizados. La cifra de cuota es la que determina si existe o no delito y la gravedad de la pena.

Control de la prescripción

El delito fiscal prescribe en 5 años. Identificamos con precisión el dies a quo y verificamos si las actuaciones de Hacienda interrumpieron o no válidamente el plazo.

Coordinación con asesoría fiscal

Trabajamos de forma coordinada con el asesor fiscal del cliente para garantizar que la estrategia tributaria y la penal sean coherentes y se refuercen mutuamente.

Si Hacienda ha iniciado actuaciones,
el momento de actuar es ahora.

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DELITO FISCAL
Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo se comete un delito fiscal en España?+
El delito fiscal (art. 305 CP) se comete cuando se defrauda a la Hacienda Pública una cuota tributaria superior a 120.000 € en un período impositivo. Por debajo de ese umbral, la conducta puede constituir infracción administrativa pero no delito penal.
¿La regularización voluntaria evita el proceso penal?+
Sí, si se realiza en tiempo y forma. El artículo 305.4 CP establece que quien regularice voluntariamente su situación tributaria antes de que se le notifique el inicio de actuaciones inspectoras o de diligencias penales, queda exento de responsabilidad penal.
¿Puede Hacienda denunciar penalmente después de una inspección?+
Sí. Cuando la Inspección detecta una cuota defraudada superior a 120.000 €, tiene obligación de remitir el expediente al Ministerio Fiscal o presentar denuncia. El procedimiento penal y el administrativo son compatibles, aunque el penal tiene preferencia y suspende el administrativo.
¿Qué pena tiene el delito fiscal?+
La pena básica es de 1 a 5 años de prisión y multa del tanto al séxtuplo de la cuota defraudada. En supuestos agravados —cuota superior a 600.000 €, uso de personas interpuestas o paraísos fiscales— la pena puede alcanzar los 7 años de prisión.
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