Abogado tributario en Madrid — defensa frente a Hacienda
AEAT · Comprobaciones · Sanciones · Inspecciones · Delito fiscal

Abogado tributario en Madrid: defensa frente a Hacienda

Requerimientos, comprobaciones, sanciones e inspecciones de la AEAT. Y cuando el expediente puede tener relevancia penal, defensa tributaria y penal coordinadas desde el primer día.

Respuesta directa

"Un abogado tributario defiende al contribuyente cuando existe conflicto con Hacienda: revisa la comunicación recibida, identifica el plazo y la fase del procedimiento, prepara alegaciones o recursos y detecta a tiempo si el expediente puede derivar en sanción o en delito fiscal. La regla práctica es sencilla: no contestar nada a la AEAT sin haber entendido antes qué pide, por qué y con qué consecuencias."

La mayoría de los conflictos con Hacienda empiezan con un documento aparentemente menor: una notificación, un requerimiento de información, una propuesta de liquidación. Cómo se responde a ese primer acto condiciona todo lo que viene después.

En San Miguel Loyola Abogados asumimos la defensa tributaria del contribuyente —particular, autónomo, empresa o administrador— en todas las fases: comprobación, inspección, expediente sancionador, recurso y, cuando el asunto lo exige, defensa penal por delito fiscal.

Esa doble visión, tributaria y penal, es la seña de identidad del área: detectar el riesgo penal antes de que se materialice y no comprometer la defensa penal con decisiones tomadas en la fase administrativa.

Su situación con Hacienda: por dónde empezar

Cada tipo de comunicación de la AEAT tiene su propio régimen, su plazo y su estrategia. Estas son las situaciones más frecuentes que atendemos, con una guía específica para cada una:

Qué podemos hacer por usted

Revisión del acto recibido y del expediente

Identificamos qué acto se ha notificado, en qué fase está el procedimiento, qué plazo corre y qué consecuencias tiene cada alternativa de respuesta.

Alegaciones y recursos

Preparamos alegaciones frente a propuestas de liquidación y de sanción, recursos de reposición, reclamaciones económico-administrativas y recurso contencioso cuando procede.

Asistencia en comprobaciones e inspecciones

Acompañamos al contribuyente durante las actuaciones: qué se aporta, qué se manifiesta, qué se firma y con qué alcance.

Detección y gestión del riesgo penal

Cuando el expediente puede derivar en delito fiscal, coordinamos la estrategia tributaria con la defensa penal desde el primer momento, dirigida por el socio responsable del área penal.

Por qué la defensa tributaria y la penal deben ir juntas

En los expedientes con cuantías relevantes, operaciones complejas o estructuras societarias, la frontera entre la discrepancia administrativa y el riesgo penal puede cruzarse sin que el contribuyente lo perciba. Lo que se declara ante la Inspección queda documentado y puede utilizarse después en un procedimiento penal.

Por eso, tratar el expediente "solo como un tema fiscal" hasta que llega la citación judicial es uno de los errores más costosos. La defensa correcta valora el riesgo penal desde la primera comunicación y adapta cada decisión —qué se aporta, qué se regulariza, qué se firma— a ese doble escenario.

En San Miguel Loyola Abogados esa coordinación no exige dos despachos: el área tributaria y el área penal trabajan juntas, con intervención directa de los socios.

Práctica relacionada

Revisamos su expediente

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Línea Directa

660 72 13 07

"El error más caro en un expediente de Hacienda suele cometerse en la primera respuesta, no en la última."

D. Daniel San Miguel Manso

Cuándo debe contactar

  • Al recibir la comunicación Antes de contestar, aportar documentos o realizar pagos.
  • Si la cuantía es relevante Importes altos elevan el riesgo sancionador y, en su caso, penal.
  • Si se menciona el Ministerio Fiscal Cualquier referencia a indicios de delito exige defensa penal inmediata.
Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

¿Qué hace un abogado tributario?+
Defiende al contribuyente frente a la Administración: revisa requerimientos y notificaciones de Hacienda, prepara alegaciones y recursos frente a liquidaciones y sanciones, asiste en comprobaciones e inspecciones y coordina la defensa penal cuando el expediente puede derivar en delito fiscal.
¿Cuándo conviene contactar con un abogado tributario?+
Cuanto antes, idealmente al recibir la primera comunicación de Hacienda. Los plazos administrativos son breves y lo que se contesta o aporta en las primeras fases condiciona el resto del expediente, incluida una eventual derivación sancionadora o penal.
¿Qué diferencia hay entre un asesor fiscal y un abogado tributario?+
El asesor fiscal se ocupa principalmente del cumplimiento ordinario: declaraciones, autoliquidaciones y planificación. El abogado tributario interviene cuando existe conflicto con la Administración: comprobaciones, inspecciones, sanciones, recursos y, en su caso, defensa penal por delito fiscal. Ambos perfiles pueden trabajar coordinados.
¿Toda inspección de Hacienda acaba en sanción o delito?+
No. Muchas comprobaciones e inspecciones terminan en vía administrativa, con o sin regularización. Solo cuando la Administración aprecia indicios de defraudación penalmente relevante el asunto puede derivar al ámbito penal. Identificar a tiempo ese riesgo es parte esencial de la defensa.
¿Puedo recurrir una sanción de Hacienda?+
Sí. Las sanciones tributarias pueden recurrirse en vía administrativa y, posteriormente, en vía contencioso-administrativa. Los motivos de oposición, los plazos y los efectos del recurso dependen del acto concreto, por lo que conviene revisar el expediente completo antes de decidir.
¿Qué pasa si Hacienda aprecia indicios de delito fiscal?+
La Administración puede remitir el expediente al Ministerio Fiscal o a la jurisdicción penal. En ese escenario, la defensa tributaria y la penal deben coordinarse desde el primer momento, porque lo actuado en una vía produce efectos en la otra.
¿Trabajáis solo en Madrid?+
La sede del despacho está en Madrid, pero actuamos en todo el territorio nacional. Los procedimientos tributarios y penales admiten actuación en cualquier punto de España.
¿Qué documentación debo preparar para la primera consulta?+
La comunicación recibida de Hacienda completa (todas las páginas), la fecha en que se notificó, las declaraciones del impuesto y ejercicio afectados y cualquier requerimiento o acto anterior del mismo expediente. Con eso puede hacerse una primera valoración del asunto.

No conteste a Hacienda sin revisar antes el expediente

TRIBUTARIO
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